CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES

EN PLAZO Subvención para el desarrollo de actividades lúdicas, festivas y recreativas durante las fiestas de Santiago y el Pilar a Asociaciones inscritas en el Registro Municipal

Objeto:

El Ayuntamiento de Sabiñánigo pretende apoyar la realización, sin ánimo de lucro, de actividades lúdico festivas y recreativas durante las Fiestas de Santiago y El Pilar, abiertas al público en general.

Podrán presentar solicitudes:

Las Asociaciones sin ánimo de lucro domiciliadas en el Municipio, inscritas en el Registro Municipal y cuyo objeto social lo constituya la realización de actividades lúdico-festivas y recreativas durante las fiestas de Santiago y El Pilar.

Documentación a presentar:

  1. Instancia solicitando concurrir a la presente convocatoria, señalando el proyecto para el que se solicita la subvención y la cantidad solicitada y, documentación acreditativa de la representación que ostenta el firmante de la solicitud, indicando la relación de documentos que aporta con la solicitud y si autoriza al Ayuntamiento a comprobar el cumplimiento de estar al corriente con las obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de Hacienda municipal según modelo Anexo I.
  2. Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, según consta también en el modelo Anexo I.
  3. Proyecto de actividades a realizar durante las fiestas indicando días, horarios y colaboraciones.
  4. Valoración económica de las actividades, incluyendo tanto el presupuesto de ingresos como de gastos y el plan de financiación de las mismas, según Anexo III.
  5. Declaración jurada de otras ayudas recibidas o solicitadas a Administraciones Públicas o Entes o Empresas Privadas para este Proyecto, según modelo Anexo II.
  6. Copia del C.I.F., salvo en los casos en los que éste ya obre en poder del Ayuntamiento
  7. Memoria informativa sobre la entidad solicitante, en la que se indique: Año de creación de la misma, número de socios actuales y los recursos humanos y técnicos con los que cuenta la Asociación.
  8. Certificado del Secretario de la Asociación, en el que se especifique que el programa objeto de subvención ha sido aprobado por el órgano competente de la Asociación, según modelo Anexo VII.
  9. En caso de no autorizar al Ayuntamiento a la comprobación, Certificación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.

Plazo de presentación de solicitud:

Será el que se determine en la convocatoria anual que será publicada por la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el BOPH. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el art.º 14. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Plazo de justificación:

El beneficiario deberá justificar la realización del proyecto o actuación subvencionable antes del 15 de noviembre de 2024.

Anexos para la justificación:

  1. Solicitud de abono. Modelo Anexo V.
  2. Certificación expedida por el Secretario/a de la entidad, según modelo Anexo VI en la que se haga constar:
    • Que se han realizado las actividades subvencionadas.
    • Que no se han recibido otras subvenciones o ayudas de Organismos Públicos, Entidades Privadas o Empresas, que, junto con la concedida por el Ayuntamiento, superen el 80% de la actividad. En el caso de que se hubiesen recibido otras subvenciones o ayudas, deberá hacerse constar de forma expresa, mediante una relación de las mismas.
  3. Breve Memoria de los actos realizados.
  4. Índice numerado de facturas o documentos justificativos de las actividades realizadas, según modelo Anexo VI.
  5. Facturas o documentos justificativos de las actividades realizadas (original o fotocopia compulsada), así como justificantes del pago de los mismos. (Copia de Transferencias bancarias, resguardo de pagos con tarjeta, copia de talones, extractos bancarios, ‘recibí en metálico’). En todo documento deberá figurar el acreedor, importe del gasto, concepto y fecha de emisión, así como la fecha de pago.
  6.  Un ejemplar de la propaganda escrita, carteles o folletos relativos a la actividad, con el logo del Ayuntamiento.
  7. En caso de no autorizar al Ayuntamiento a la comprobación, Certificación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.
Fin Plazo: 19 de julio de 2024 (incluido)
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