CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES

EN PLAZO Subvención a estudiantes que necesitan desplazarse para cursar estudios y no existen horarios en el servicio regular de viajeros

La finalidad de estas ayudas es posibilitar el acceso a la formación de los y las estudiantes empadronados en el término municipal de Sabiñánigo que necesiten desplazarse para cursar estudios de ciclos formativos de grado básico y medio en centros públicos o concertados, a otro término municipal, siempre y cuando no exista un servicio de transporte público regular de viajeros que cubra las necesidades de horarios de asistencia y regreso o que el tiempo de espera supere 1 hora.

Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones, previa solicitud y acreditación del cumplimiento, los/as estudiantes que cumplan todos los siguientes requisitos:

  1. Estar empadronados en el municipio de Sabiñánigo en la fecha de comienzo del curso escolar que se establezca en cada convocatoria y mantener dicho empadronamiento hasta su finalización.
  2. Estar matriculados durante el curso académico que se establezca en cada convocatoria en estudios oficiales de Formación Profesional reglada de grado básico o medio que no figuren entre la oferta educativa de los centros públicos o concertados del municipio de Sabiñánigo.
  3. Que no exista un servicio de transporte público regular de viajeros que cubra las necesidades, en cuanto a horarios, para asistir al curso y regresar, o que el tiempo de espera supere 1 hora. Este hecho se comprobará con la oferta de servicios en vigor en el momento de la concesión.

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Instancia según Anexo I de Solicitud de Subvención, en el que será imprescindible determinar el periodo por el que se solicita subvención.
  2. Fotocopia de documento nacional de identidad o del pasaporte del estudiante, en caso de ciudadanos de la Unión Europea, o de la tarjeta de residencia en vigor, en caso de otras nacionalidades.
  3. En el caso de menores de edad, además de la fotocopia del DNI del estudiante, se adjuntará la fotocopia del DNI del padre, madre o tutor legal, así como del libro de familia.
  4. Certificado de empadronamiento. El Ayuntamiento tramitará de oficio dicho certificado.
  5. Certificado del centro educativo que acredite la matrícula del solicitante en los estudios de que se trate, en el curso académico de que se trate y el horario de las clases.
  6. Declaración del estudiante solicitante, (en caso de menores de edad, declaración jurada del padre, madre o tutor legal) de no incurrir en ninguna de las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (consta en el Anexo I).
  7. Declaración del estudiante solicitante, (en caso de menores de edad, declaración del padre, madre o tutor legal), de las becas o ayudas recibidas para la misma actividad, con indicación de su importe, así como compromiso de comunicar al Ayuntamiento las que se obtengan en el futuro para la misma finalidad. (Anexo II).
  8. En caso de no autorizar a su consulta por parte del Ayuntamiento, Certificado acreditativo de que el estudiante solicitante se haya al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales con el Ayuntamiento y de hallarse al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.

Acceso al trámite y los anexos en la Sede Electrónica.

Una vez concedida la subvención por el órgano competente, se procederá al pago anticipado del 50% de la cuantía correspondiente a todo el periodo lectivo sobre el que se haya aprobado la subvención, previa solicitud por parte del beneficiario/a (Anexo IV) y presentación de la Ficha de Terceros debidamente validada por la entidad financiera (Anexo III). El resto, se abonará una vez finalizada y justificada la actuación objeto de subvención de acuerdo con lo previsto en el siguiente artículo.

Las personas beneficiarias deberán justificar la realización de la actuación subvencionable en un plazo de 15 días desde la finalización del periodo que haya obtenido la consideración de subvencionable, presentando la siguiente documentación:

  1. Solicitud de abono (Anexo IV) (de la parte que resta por abonar).
  2. Certificado del centro educativo justificativo de la asistencia de la persona beneficiaria, al menos al 80% de los días del período lectivo objeto de subvención.
Fin Plazo: 15/10/2024