Objeto:
Es incentivar la actividad económica en Sabiñánigo, especialmente en aquellos sectores o ramas de actividad con potencial de futuro y alto valor añadido, sin olvidar los sectores tradicionales de Sabiñánigo, que contribuyan al desarrollo demográfico, económico y social de la localidad.
Podrán presentar solicitudes:
La acción de fomento de actividades empresariales en Sabiñánigo se concreta en la concesión de subvenciones a fondo perdido y en régimen de concurrencia competitiva, en favor de aquellas actuaciones promovidas por microempresas, bien sean personas físicas o jurídicas, que se implanten o ya existan en el término municipal de Sabiñánigo, que cuenten con todas las autorizaciones para el ejercicio de la actividad y de la actuación y que realicen cualquiera de las actuaciones susceptibles de recibir ayuda económica relacionadas en la Base 4ª de estas bases, desde el día siguiente a aquel en que finalizó el plazo de justificación de la convocatoria del año anterior y el fin de plazo de justificación de la convocatoria en curso.
Para la consideración de microempresa, se estará a lo dispuesto en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición pequeña empresa, DOUE L 124 de 20-5-2003. (microempresa, aquella con menos de 10 trabajadores y Volumen de negocio anual inferior a 2M€).
Documentación a presentar:
- Instancia solicitando concurrir a la presente convocatoria, señalando el proyecto para el que se solicita la subvención y la cantidad solicitada y en su caso, documentación acreditativa de la representación que ostenta el firmante de la solicitud respecto de la entidad solicitante de la subvención, indicando la relación de documentos que aporta con la solicitud, según modelo Anexo I.
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artº. 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y en el artº. 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, tal y como aparece en el modelo Anexo I.
- Declaración responsable sobre la condición de pequeña empresa.
- En el caso de nueva empresa, documento acreditativo de la constitución de la misma. Excepcionalmente, podrán concederse subvenciones a proyectos empresariales que todavía no estén en funcionamiento en el momento de la solicitud. Para ello, deberán presentar una Declaración responsable en la que los promotores pongan de manifiesto su intención de constituir la empresa y la fecha prevista. No obstante, el abono de las subvenciones por parte del Ayuntamiento quedará condicionado a la acreditación de la puesta en marcha de la actividad empresarial.
- Para nuevas empresas, acreditación de la condición de desempleado del promotor/a, si es el caso.
- Memoria explicativa y presupuesto de la inversión a realizar, según modelo Anexo III. En el caso de inversiones que superen los 50.000,00.-€ para obras y 18.000,00.-€ para suministros y servicios, el solicitante deberá presentar al menos tres presupuestos.
- Declaración responsable de otras ayudas recibidas o solicitadas a Administraciones Públicas o Entes o Empresas Privadas para el mismo proyecto, según modelo Anexo II.
- Certificación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Tesorería General de la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y con la Hacienda Municipal.
- Plazo de presentación de solicitud:
- El plazo será el que se determine en la convocatoria anual. De acuerdo con el artº. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria y quienes representen a estos interesados, presentarán las solicitudes de manera obligatoria a través de medios electrónicos. Sin embargo, las personas físicas podrán elegir en todo momento si lo hacen a través de medios electrónicos o no.
- Acceso a la tramitación electrónica de la solicitud.
Plazo de justificación:
El beneficiario deberá justificar la realización del proyecto o actuación subvencionable antes del 15 de noviembre de cada año, plazo que se considerará improrrogable.
Anexos para la justificación:
- Solicitud de abono de la subvención. Modelo Anexo V
- Índice numerado de facturas o documentos justificativos de las inversiones realizadas, según modelo Anexo VI.
- Declaración responsable que aparece en el modelo Anexo VI.
- Declaración responsable de otras ayudas recibidas o solicitadas a Administraciones Públicas o Entes o Empresas Privadas para el mismo proyecto, según modelo Anexo II.
- Ficha de terceros validada por la entidad financiera, según modelo Anexo IV.
- Acceso a la tramitación electrónica de la justificación.