CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES

FUERA DE PLAZO Subvención para el fomento de la actividad económica en Sabiñánigo. Líneas 1 y 2.

Es objeto de estas subvenciones incentivar la inversión de las actividades económicas en el término municipal, especialmente en aquellos sectores o ramas de actividad con potencial de futuro y alto valor añadido, sin olvidar los sectores tradicionales, que contribuyan al desarrollo demográfico, económico y social de la localidad.
La acción de fomento se concreta en dos líneas de actuación:
Línea 1.- Fomento de nuevas actividades económicas en el término municipal de Sabiñánigo.
Línea 2.- Fomento de la actividad económica consolidada en el término municipal de Sabiñánigo.

Beneficiarios/as:
Con carácter general, podrán ser beneficiarias, previa solicitud, aquellas empresas de hasta 10 trabajadores y volumen de negocio anual inferior o igual a 500.000.-€, bien sean personas físicas o jurídicas, que se implanten o ya existan en el término municipal de Sabiñánigo, que cuenten con todas las autorizaciones para ello y que realicen cualquiera de las actuaciones susceptibles de recibir ayuda económica relacionadas en el apartado Sexto.

En concreto:
La Línea 1 estará dirigida a apoyar nuevas empresas, entendidas como aquellas que hayan iniciado su actividad en el ámbito temporal de esta convocatoria, esto es, entre el día siguiente a aquél en que finalizó el plazo de justificación de la convocatoria del año anterior y el fin de plazo de justificación de la convocatoria en curso (15/11/2024). En el caso de empresas, se considerará como inicio la fecha que conste en la escritura de constitución. En caso de empresarios individuales, se considerará como inicio la fecha de efectos de alta en el Régimen Especial de Tra­bajadores Autónomos.
La Línea 2 estará destinada a la mejora, modernización, actualización de cualquier actividad ya consolidada.

Se establecen las siguientes exclusiones generales en cuanto a actividades económicas: No podrán ser beneficiarios las iniciativas empresariales que se dediquen a actividades con regulación específica (farmacias, estancos, loterías, comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes), ni las profesiones de notarios y registradores, ni las empresas que pertenecen a grandes empresas de distribución, ni entidades financieras, ni las grandes compañías de prestación de servicios (telefonía, luz, gas, etc.), ni los casinos, ni bingos, ni casas de apuestas, ni establecimientos de máquinas recreativas, ni las explotaciones de ganadería intensiva según la clasificación del Registro de explotaciones ganaderas del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.

Documentación a presentar:

  1. Instancia solicitando concurrir a la convocatoria, señalando el proyecto para el que se solicita la subvención, la línea de concesión a la que se opta (Línea 1 o Línea 2), la cantidad solicitada y en su caso, documentación acreditativa de la representación que ostenta el firmante de la solicitud respecto de la entidad solicitante de la subvención, indicando la relación de documentos que aporta con la solicitud y si autoriza al Ayuntamiento a comprobar el cumplimiento de estar al corriente con las obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de Hacienda municipal, según modelo Anexo I.
  2. Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artº. 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y en el artº. 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, tal y como aparece en el modelo Anexo I.
  3. Informe de vida laboral de la empresa (o persona física, en caso de no tener trabajadores) a fecha 1 del mes en el que se apruebe esta convocatoria, para la comprobación del cumplimiento de ser una empresa de menos de 10 trabajadores.
  4. Última Declaración del Impuesto de Sociedades para sociedades o última Declaración de IRPF para Autónomos, para la comprobación del cumplimiento del requisito de tener menos de 500.000€ de volumen de negocio anual.
  5. En el caso de nueva empresa, documento acreditativo de la constitución de la misma (Escritura de constitución) o alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente. Excepcionalmente, podrán concederse subvenciones a proyectos empresariales que todavía no estén en funcionamiento en el momento de la solicitud. Para ello, deberán presentar una Declaración responsable en la que los promotores pongan de manifiesto su intención de constituir la empresa y la fecha prevista. No obstante, el abono de las subvenciones por parte del Ayuntamiento quedará condicionado a la acreditación de la puesta en marcha de la actividad empresarial.
  6. Para nuevas empresas, acreditación de la condición de desempleado del promotor/a, si es el caso.
  7. Memoria explicativa y presupuesto de la inversión a realizar, según modelo Anexo III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.3 de la Ley de Subvenciones de Aragón, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa sobre contratación pública para contratos menores, el beneficiario deberá aportar las tres ofertas solicitadas. En la medida de lo posible, se aportarán los presupuestos y/o facturas de las inversiones a realizar o ya realizadas.
  8. Declaración responsable de otras ayudas recibidas o solicitadas a Administraciones Públicas o Entes o Empresas Privadas para el mismo proyecto, según modelo Anexo II.
  9. En caso de no autorizar al Ayuntamiento a la comprobación, Certificación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.

Enlace al trámite en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sabiñánigo

Plazo de justificación:
El beneficiario deberá justificar la realización del proyecto o actuación subvencionable antes del 15 de noviembre de cada año, plazo que se considerará improrrogable.

Anexos para la justificación

  1. Solicitud de abono de la subvención. Modelo Anexo V.
  2. Índice numerado de facturas o documentos justificativos de las inversiones realizadas, según modelo Anexo VI.
  3. Declaración responsable que aparece en el modelo Anexo VI, en la que se hace constar:
    • Que para la ejecución de la actividad subvencionada la entidad ha incurrido en los gastos que se justifican y que se corresponden con los documentos aportados.
  4. Facturas o documentos justificativos del gasto realizado, en los que deberá figurar el acreedor, importe del gasto, concepto y fecha de emisión. No se admitirán facturas por importe inferior a 50.-€ (IVA no incluido). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.3 de la Ley de Subvenciones de Aragón, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa sobre contratación pública para contratos menores, el beneficiario deberá aportar las tres ofertas solicitadas.
  5. Justificantes de pago de las citadas facturas. No se admitirán pagos al contado de cuantía superior a los 1.000,00.-€.
  6. Declaración responsable de otras ayudas recibidas o solicitadas a Administraciones Públicas o Entes o Empresas Privadas para el mismo proyecto, según modelo Anexo II.
  7. Ficha de terceros validada por la entidad financiera, según modelo Anexo IV.
  8. Fotografías de las inversiones realizadas.